Indemnización por Despido en España 2025: Guía Completa
La indemnización por despido es una compensación económica que la empresa debe pagar al trabajador cuando finaliza la relación laboral de forma involuntaria bajo determinadas circunstancias. A diferencia del finiquito (que se cobra siempre), la indemnización solo corresponde en casos específicos regulados por ley.
La cuantía de la indemnización varía según el tipo de despido, pudiendo ir desde 0 euros en un despido procedente hasta 33 días de salario por año trabajado en un despido improcedente. Entender las diferencias es crucial para conocer tus derechos.
Importante: No confundas indemnización con finiquito. El finiquito es la liquidación de cantidades adeudadas (salarios, vacaciones, pagas extras) y se cobra siempre. La indemnización es una compensación adicional que solo se paga en ciertos tipos de despido.
Tipos de Despido en España
En España existen varios tipos de despido, cada uno con consecuencias legales y económicas diferentes:
1. Despido Procedente
Es aquel en el que se acredita una causa justificada, normalmente faltas graves del trabajador (abandono del puesto, desobediencia grave, indisciplina, agresiones, etc.).
Indemnización: 0 euros. Solo tiene derecho al finiquito.
2. Despido Improcedente
Se declara cuando no se acredita la causa alegada o existen defectos formales en la comunicación del despido. Es el más favorable para el trabajador.
Indemnización: 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. La empresa puede optar entre readmitir al trabajador o pagar la indemnización.
3. Despido Objetivo
Se produce por causas económicas, técnicas, organizativas, productivas o por absentismo justificado del trabajador. Debe comunicarse por escrito con 15 días de antelación.
Indemnización: 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Debe ponerse a disposición del trabajador en el momento de la comunicación.
4. Despido Disciplinario
Es el iniciado por la empresa por incumplimientos graves del trabajador. Puede ser declarado procedente (si se prueba la causa) o improcedente (si no se prueba).
Indemnización: 0 euros si es declarado procedente, 33 días por año si es declarado improcedente. Depende de la resolución judicial.
Cómo Calcular la Indemnización por Despido
Paso 1: Calcular el salario diario
Para calcular la indemnización, primero debes obtener el salario diario. La fórmula es:
Salario diario = (Salario bruto mensual × 12) / 365
Se incluyen todos los conceptos salariales: salario base, complementos, pagas extras prorrateadas, etc. NO se incluyen gastos, dietas ni conceptos extrasalariales.
Ejemplo:
Salario bruto mensual: 2.000 €
Pagas extras: 2 pagas de 2.000 € al año (incluidas en el salario mensual ya prorrateadas)
Salario diario: (2.000 € × 12) / 365 = 65,75 €/día
Paso 2: Calcular la antigüedad exacta
Cuenta los años completos trabajados y prorratéa los periodos inferiores:
- 6 meses = 0,5 años
- 3 meses = 0,25 años (3/12)
- 8 meses = 0,67 años (8/12)
Paso 3: Aplicar la fórmula según tipo de despido
Despido Improcedente:
Indemnización = Salario diario × 33 días × Años trabajados
Máximo: 24 mensualidades (720 días de salario)
Despido Objetivo:
Indemnización = Salario diario × 20 días × Años trabajados
Máximo: 12 mensualidades (360 días de salario)
Consideraciones especiales
- Contratos anteriores a 2012: Para trabajadores con contrato anterior al 12/02/2012, se aplican normas transitorias que pueden aumentar la indemnización.
- Tope máximo: Nunca se pueden superar las 24 mensualidades en despido improcedente ni las 12 en despido objetivo.
- Variación salarial: Si el salario ha variado, se usa el último salario percibido.
- Jornada parcial: Se calcula proporcionalmente a la jornada trabajada.
Casos Prácticos Detallados
Caso 1: Despido improcedente con 5 años de antigüedad
Situación: Carlos ha sido despedido y el despido ha sido declarado improcedente por el juzgado. Lleva trabajando 5 años exactos en la empresa. Su salario bruto mensual es de 2.500 € con pagas extras prorrateadas.
Cálculo de la indemnización:
Nota: Esta cantidad está exenta de IRPF hasta el límite de 180.000 €. Carlos recibiría esta indemnización más el finiquito correspondiente.
Caso 2: Despido improcedente con 10 años de antigüedad
Situación: Laura trabaja en una empresa desde hace 10 años y 6 meses. Su salario bruto mensual actual es de 3.000 € (pagas prorrateadas). La empresa la despide y ella impugna el despido, siendo declarado improcedente. La empresa opta por pagar la indemnización en lugar de readmitirla.
Cálculo de la indemnización:
Nota: No se alcanza el tope de 24 mensualidades (72.000 €), por lo que Laura cobra la cantidad completa calculada. Además, percibirá su finiquito por separado.
Caso 3: Despido objetivo en ERE con 8 años
Situación: Miguel trabaja en una empresa que realiza un ERE (Expediente de Regulación de Empleo) por causas económicas. Lleva 8 años y 4 meses trabajando. Su salario bruto mensual es de 2.200 € con dos pagas extras de 2.200 € cada una (no prorrateadas).
Cálculo de la indemnización:
Nota: En un despido objetivo (ERE), la indemnización es de 20 días por año con tope de 12 mensualidades. Miguel no alcanza el tope (30.800 €), por lo que cobra los 14.057,71 € calculados. Esta cantidad está parcialmente exenta de tributación.
Tributación de la Indemnización
La tributación de la indemnización por despido depende del tipo de despido y de las cantidades percibidas:
Despido Improcedente
Exención: Está exenta de IRPF hasta 180.000 euros la indemnización obligatoria por ley (33 días por año trabajado).
Cualquier cantidad que supere este límite o que exceda la cuantía obligatoria (por ejemplo, acuerdos con la empresa por encima de lo legal) tributa como rendimiento del trabajo.
Despido Objetivo
Exención limitada: Está exenta hasta el límite de 20 días por año con un máximo de 12 mensualidades.
Si la empresa paga una cantidad superior a este cálculo, el exceso tributa en el IRPF.
Despido Procedente
No hay indemnización, por lo que no hay tributación por este concepto. Solo se tributa por el finiquito (salarios pendientes, pagas extras, vacaciones), que tributa normalmente como rendimiento del trabajo.
Retención en el momento del pago
La empresa debe aplicar la retención de IRPF correspondiente en el momento de pagar la indemnización, pero solo sobre la parte que no esté exenta. En la declaración de la renta del año siguiente, deberás incluir:
- La parte exenta (si la hay) en la casilla correspondiente
- La parte no exenta como rendimiento del trabajo
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Calcular ahoraPreguntas Frecuentes
¿Cuánto tarda en pagarse la indemnización por despido?
El plazo de pago depende del tipo de despido:
- Despido objetivo: La empresa debe poner la indemnización a disposición del trabajador en el momento de comunicar el despido.
- Despido improcedente: Si se llega a acuerdo en conciliación, se paga inmediatamente o en los días siguientes según lo acordado.
- Con sentencia judicial: La empresa tiene 5 días desde la notificación de la sentencia para pagar. Si no lo hace, hay que iniciar ejecución de sentencia.
¿Tributa la indemnización por despido en el IRPF?
Depende del tipo de despido y la cantidad:
- Despido improcedente: Exenta hasta 180.000 € si es la cantidad obligatoria por ley (33 días por año).
- Despido objetivo: Exenta hasta el límite de 20 días por año con máximo de 12 mensualidades.
- Cantidades superiores: Cualquier exceso sobre estos límites tributa como rendimiento del trabajo.
La empresa debe aplicar retención de IRPF en el pago, pero solo sobre la parte no exenta.
¿Qué hago si la empresa no paga la indemnización?
Sigue estos pasos:
- Papeleta de conciliación: Preséntala ante el SMAC dentro de los 20 días hábiles siguientes al despido.
- Demanda judicial: Si no hay acuerdo en conciliación, debes demandar ante el Juzgado de lo Social (también dentro de los 20 días hábiles).
- Sentencia favorable: Si ganas, la empresa debe pagar en 5 días. Si no lo hace, inicia ejecución de sentencia.
- Embargo de bienes: Si la empresa sigue sin pagar, el juzgado puede embargar bienes o cuentas bancarias.
Importante: El plazo de 20 días hábiles es improrrogable. Si lo dejas pasar, pierdes el derecho a impugnar el despido.
¿Cuál es la diferencia entre despido procedente e improcedente?
Despido procedente:
- El juez considera que existe causa justificada (faltas graves del trabajador)
- No da derecho a indemnización, solo a finiquito
- El trabajador no puede reclamar nada más
Despido improcedente:
- No se acredita la causa o hay defectos de forma
- Da derecho a readmisión o indemnización de 33 días por año (máx. 24 mensualidades)
- Es la empresa quien elige entre readmitir o pagar
- El trabajador cobra salarios de tramitación si opta por readmisión
¿Puedo rechazar la readmisión y pedir la indemnización?
En principio, NO. Cuando un despido es declarado improcedente, es la empresa quien tiene derecho a elegir entre:
- Readmitir al trabajador en su puesto de trabajo
- Pagar la indemnización de 33 días por año trabajado
Excepción: Si eres representante de los trabajadores (delegado sindical, miembro del comité de empresa), entonces SÍ puedes elegir tú entre la readmisión o la indemnización.
Si la empresa opta por readmitirte y no lo hace en los plazos establecidos, el despido se convierte en definitivo y tienes derecho a la indemnización más los salarios de tramitación.
¿Qué es un despido objetivo y cuánto se cobra?
El despido objetivo es la extinción del contrato de trabajo por causas objetivas legalmente establecidas:
- Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP)
- Falta de adaptación del trabajador a modificaciones técnicas
- Faltas de asistencia justificadas pero intermitentes (20% en 2 meses consecutivos o 25% en 4 meses discontinuos)
Indemnización: 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
Procedimiento: La empresa debe comunicarlo por escrito con 15 días de antelación y poner a disposición del trabajador la indemnización en ese momento. Si el trabajador considera que no existe causa, puede impugnar el despido en 20 días hábiles.
¿Se cobra indemnización en una baja voluntaria?
No, en una baja voluntaria no hay derecho a indemnización, solo al finiquito.
Excepciones:
- Acuerdo con la empresa: Si negocias una "baja pactada", la empresa puede ofrecer una cantidad económica adicional, pero es voluntaria.
- Despido indirecto: Si renuncias por incumplimientos graves de la empresa (impago de salarios, modificaciones sustanciales ilegales, acoso), puedes alegar un despido indirecto y reclamar indemnización por despido improcedente.
En caso de despido indirecto, debes demostrar ante el juez que los incumplimientos de la empresa te obligaron a dejar el trabajo.
¿Cómo se calculan los años trabajados para la indemnización?
Se cuentan todos los años completos trabajados en la empresa, y los periodos inferiores al año se prorratean:
- 1 mes: 1/12 de año = 0,083 años
- 3 meses: 3/12 de año = 0,25 años
- 6 meses: 6/12 de año = 0,5 años
- 8 meses: 8/12 de año = 0,667 años
Ejemplo: Si has trabajado 5 años y 8 meses, la antigüedad es 5 + (8/12) = 5,67 años.
Importante:
- Se incluyen todos los periodos de alta en la empresa, aunque haya habido cambios de contrato (temporal a indefinido, etc.)
- Los periodos inferiores a un año dan derecho a la parte proporcional
- Se cuenta desde el primer día de trabajo hasta el último día efectivo
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Fuentes y referencias
- Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015) - BOE
- Artículo 56 ET - Despido improcedente
- Artículo 53 ET - Despido objetivo
- Agencia Tributaria - Tributación de indemnizaciones
- Ministerio de Trabajo y Economía Social
- Poder Judicial - Jurisdicción Social
Información actualizada a diciembre 2025 según la normativa laboral vigente en España.