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Calculadora de Nómina

Cómo Modificar tu Retención de IRPF

Actualizado en octubre de 2025 · Lectura: 10–12 minutos

Si tu situación personal cambió o notas que tu retención es demasiado alta/baja, puedes solicitar su modificación. Recuerda: cambiar la retención solo afecta al reparto a lo largo del año, no al impuesto total final.

Antes de empezar

La retención NO altera lo que pagarás en total por IRPF, solo cuándo lo pagas. Ajustar a la baja sube tu neto mensual pero podría implicar pagar en la declaración; ajustar al alza baja tu neto mensual y reduce el riesgo de pagar después.

¿Cuándo debes modificar tu retención?

Situaciones que reducen tu retención

  • Matrimonio (especialmente si tu cónyuge no trabaja o ingresa poco)
  • Nacimiento/adopción de hijos
  • Ascendientes a cargo
  • Discapacidad (tuya o de familiares)
  • Deducción por vivienda con hipoteca adquirida antes de 2013
  • Te devuelven cuantías elevadas cada año

Situaciones que aumentan tu retención

  • Varios pagadores
  • Ingresos adicionales (alquileres, dividendos, etc.)
  • Cambios de estado civil (divorcio, viudedad)
  • Sueles salir a ingresar en la declaración

El Modelo 145: tu herramienta clave

Sirve para comunicar a tu empresa tu situación personal y familiar a efectos de retención.

Datos habituales del Modelo 145

  • Situación familiar (soltero/a, casado/a, viudo/a, divorciado/a)
  • Hijos y descendientes (menores de 25 años o con discapacidad)
  • Ascendientes a cargo
  • Discapacidad y grado
  • Gastos deducibles (cuotas sindicales, pensiones compensatorias, anualidades por alimentos)
  • Comunidad autónoma de residencia

Proceso paso a paso

1Descarga el Modelo 145

Obtenlo en la web de la Agencia Tributaria o solicítalo a RR. HH. Asegúrate de usar la versión vigente.

2Rellena tus datos personales
  • NIF/NIE, nombre y apellidos, fecha de nacimiento
  • Domicilio fiscal
3Indica tu situación familiar
  • Casilla 1: no casado/a o separado/a legalmente
  • Casilla 2: casado/a y ambos con rendimientos del trabajo
  • Casilla 3: casado/a y un solo perceptor
4Declara hijos y descendientes
  • Número de hijos, menores de 3 años, discapacidad, custodia compartida
Nota: Cada hijo reduce la retención, con efectos decrecientes por orden.
5Ascendientes y otros
  • Padres/abuelos > 65 años a cargo, convivencia ≥ 6 meses, ingresos < 8.000 €
6Gastos deducibles
  • Cuotas sindicales
  • Pensión compensatoria y anualidades por alimentos
7Firma y fecha
  • Firma el documento y pon fecha
  • Guarda una copia
8Entrega a la empresa
  • RR. HH., nóminas o responsable
  • Preferible con acuse o email con confirmación

Documentación adicional

Hijos

Libro de familia o certificado de nacimiento (si lo solicitan).

Discapacidad

Certificado oficial (IMSERSO o CCAA).

Ascendientes a cargo

Certificado de convivencia y acreditación de ingresos.

Pensión compensatoria

Sentencia o convenio regulador.

Plazos y efectividad

¿Cuándo se aplicará el cambio?

  • Lo antes posible, normalmente en la siguiente nómina
  • Plazo máximo orientativo: ~1 mes desde la entrega
  • No hay retroactividad sobre meses ya devengados

Errores comunes a evitar

No cometas estos errores

  • Declarar hijos/personas a cargo sin requisitos → sanciones
  • No comunicar cambios relevantes
  • Olvidar firmar o fechar el modelo
  • No guardar copia/acuse de recibo

Solicitar una retención inferior

Puedes pedir un tipo inferior al calculado cuando sueles obtener devoluciones altas o tienes deducciones relevantes (planes de pensiones, vivienda anterior a 2013, etc.).

Precaución

Tipos demasiado bajos pueden llevarte a pagar en la declaración. Si la cuota a ingresar supera ciertos umbrales, pueden aplicarse recargos. Ajusta con prudencia.

Revisar que se aplicó correctamente

Comprueba la nómina del mes siguiente:

Checklist

La retención cambió respecto al mes anterior
El porcentaje encaja con tu situación
El neto sube/baja en línea con el cambio
Tus datos personales están correctos

Si no ves cambios en ~1 mes, consulta con RR. HH.

Casos especiales

Varios empleadores a la vez

Entrega el Modelo 145 en cada empresa. Normalmente solo aplicas mínimos familiares en una de ellas (la principal). En las demás, marca que tienes más de un pagador.

Cambio de empresa a mitad de año

Entrega el Modelo 145 al incorporarte. La nueva empresa ajustará el cálculo al tiempo trabajado con ellos.

Primer empleo

Entrega el Modelo 145. Sin él, podrían aplicarte un tipo genérico más alto.

Autónomos

No usan el Modelo 145; se gestionan mediante pagos fraccionados (Modelos 130/131).

Preguntas frecuentes

¿Cuántas veces puedo cambiar mi retención al año?

Las que hagan falta si hay cambios reales en tu situación. Evita ajustes sin motivo.

¿La empresa puede rechazar mi solicitud?

Solo si faltan datos o son incorrectos. Acreditada tu situación, deben aplicarlo.

¿Qué pasa si no actualizo el Modelo 145?

Seguirán aplicando la retención previa. Se regularizará en la declaración.

¿Puedo pedir que no me retengan nada?

Solo si lo justifican tus ingresos/deducciones. La empresa puede negarlo para evitar regularizaciones negativas elevadas.

Fuentes y referencias

Contenido orientativo 2025. Consulta tu convenio y casos particulares con tu empresa o asesoría.