Tramos IRPF 2025: tablas, ejemplos y cómo afectan a tu nómina

Actualizado en diciembre de 2025 · Lectura: 10–12 minutos

Qué son los tramos del IRPF

El IRPF es un impuesto progresivo: se divide en tramos de renta a los que se aplica un tipo diferente. Cada tramo grava sólo la porción de renta que cae dentro de ese intervalo. Esto permite que el aumento de renta se tribute de forma escalonada, en lugar de aplicar un único porcentaje al total.

Tabla orientativa de tramos 2025

La tabla varía según normativa estatal y autonómica. A continuación una tabla orientativa nacional (usa siempre fuentes oficiales para confirmar):

Tramo base imponibleTipo orientativo
Hasta 12.450 €19%
12.450 € – 20.200 €24%
20.200 € – 35.200 €30%
35.200 € – 60.000 €37%
60.000 € – 300.000 €45%
Más de 300.000 €47%

Nota

Estas cifras son orientativas. La parte autonómica puede variar el resultado final de tu cuota. Para retenciones en nómina, la Agencia Tributaria publica tablas y modelos actualizados.

Tramos IRPF 2025 - Tipos Progresivos 19% Hasta 12.450€ 24% 12.450€ a 20.200€ 30% 20.200€ a 35.200€ 37% 35.200€ a 60.000€ 45% 60.000€ a 300.000€ (47% > 300k) A mayor renta, mayor porcentaje (progresividad fiscal)
19%
Tipo mínimo (hasta 12.450€)
47%
Tipo máximo (>300.000€)
6
Tramos en escala estatal

Casos Prácticos Detallados

Vamos a analizar 3 situaciones reales con diferentes niveles de ingresos para entender cómo se aplican los tramos progresivamente y calcular la cuota de IRPF resultante.

Caso 1: Salario medio-bajo (25.000 € anuales)

Situación: Persona soltera sin hijos, salario 25.000 € brutos anuales

Cálculo paso a paso aplicando tramos progresivos:

Base imponible (después de deducciones SS y mínimos) ≈ 22.000 €

Aplicación de tramos:

Tramo 1 (0 - 12.450€) al 19% 2.365,50 €
Tramo 2 (12.450 - 20.200€) → 7.750€ al 24% 1.860,00 €
Tramo 3 (20.200 - 22.000€) → 1.800€ al 30% 540,00 €
Cuota total de IRPF 4.765,50 €

Análisis del caso

Tipo marginal: 30% (último tramo alcanzado)

Tipo medio efectivo: 4.765,50 / 22.000 = 21,7%

Conclusión clave: Aunque estás en el tramo del 30%, tu tipo medio real es solo del 21,7% porque solo una pequeña parte de tus ingresos (1.800 €) tributa a ese tipo. La mayor parte tributa a tipos inferiores.

Retención mensual estimada: Aproximadamente 397 €/mes (21,7% sobre salario mensual bruto).

Caso 2: Salario medio-alto (45.000 € anuales)

Situación: Persona casada con 1 hijo menor de 3 años, salario 45.000 € brutos anuales

Cálculo considerando mínimos familiares:

Salario bruto anual 45.000 €
Deducciones Seguridad Social (6,35%) -2.858 €
Mínimo personal -5.550 €
Mínimo por descendiente (hijo < 3 años) -2.400 €
Base imponible aproximada ≈ 34.192 €

Aplicación de tramos sobre 34.192 €:

Tramo 1 (0 - 12.450€) al 19% 2.365,50 €
Tramo 2 (12.450 - 20.200€) → 7.750€ al 24% 1.860,00 €
Tramo 3 (20.200 - 34.192€) → 13.992€ al 30% 4.197,60 €
Cuota total de IRPF 8.423,10 €

Análisis del caso

Tipo marginal: 30%

Tipo medio efectivo: 8.423,10 / 34.192 = 24,6%

Ventaja de los mínimos familiares: Sin el hijo, la base sería ≈36.600 € y la cuota ≈9.140 €. El mínimo por descendiente ahorra aproximadamente 720 €/año en IRPF (60 €/mes de retención menos).

Retención mensual estimada: Aproximadamente 702 €/mes en retención de IRPF.

Caso 3: Salario alto (80.000 € anuales)

Situación: Persona soltera sin cargas familiares, salario 80.000 € brutos anuales

Cálculo en tramos superiores:

Base imponible (aproximada después de deducciones) ≈ 73.000 €

Aplicación de tramos sobre 73.000 €:

Tramo 1 (0 - 12.450€) al 19% 2.365,50 €
Tramo 2 (12.450 - 20.200€) → 7.750€ al 24% 1.860,00 €
Tramo 3 (20.200 - 35.200€) → 15.000€ al 30% 4.500,00 €
Tramo 4 (35.200 - 60.000€) → 24.800€ al 37% 9.176,00 €
Tramo 5 (60.000 - 73.000€) → 13.000€ al 45% 5.850,00 €
Cuota total de IRPF 23.751,50 €

Análisis del caso

Tipo marginal: 45% (cada euro adicional tributa al 45%)

Tipo medio efectivo: 23.751,50 / 73.000 = 32,5%

Diferencia bruto-neto: Del bruto de 80.000 €, después de SS (~5.080 €) e IRPF (23.751 €), el neto anual es aproximadamente 51.169 € (36% de reducción total).

Impacto de ingresos adicionales: Si recibes un bonus de 5.000 €, tributará al 45% marginal (unos 2.250 € de IRPF sobre ese bonus), por lo que el neto adicional será solo ~2.430 € (después de SS e IRPF).

Retención mensual estimada: Aproximadamente 1.979 €/mes en retención de IRPF.

Estrategia fiscal: En este nivel salarial, es muy rentable optimizar mediante retribución flexible (tickets restaurante, seguro médico exento), aportaciones a planes de pensiones o deducciones permitidas, ya que cada euro ahorrado en base imponible ahorra 45 céntimos en IRPF.

Comparación: Tipo medio vs Tipo marginal 25.000€ anuales Tipo medio: 21,7% Tipo marginal: 30% 45.000€ anuales (con hijo) Tipo medio: 24,6% Tipo marginal: 30% 80.000€ anuales Tipo medio: 32,5% Tipo marginal: 45% Conclusiones: → Tipo medio siempre menor que marginal → A mayor salario, mayor brecha → Progresividad del sistema fiscal

Reflexión importante sobre la progresividad

Como muestran estos casos, el IRPF es genuinamente progresivo. No pagas un porcentaje fijo sobre todo tu salario:

  • Los primeros euros siempre tributan menos: Los primeros 12.450 € tributan al 19% para todos.
  • Solo los euros "extra" pagan más: Si ganas 80.000 €, solo los últimos 13.000 € tributan al 45%.
  • El tipo medio es tu carga fiscal real: Es el porcentaje efectivo que pagas sobre el total.
  • Los mínimos familiares importan: Pueden ahorrarte cientos de euros al año en retención.

Usa la calculadora para ver tu caso específico con precisión.

Tipo medio y tipo marginal

Tipo marginal es el porcentaje que se aplica al último euro que ganas (el tramo superior de tu renta). Tipo medio es la cuota total de IRPF dividida entre tu base imponible total; es el porcentaje efectivo que pagas sobre el total. Entender ambos ayuda a valorar el impacto de subidas salariales, bonus o rendimientos extraordinarios.

Ejemplos prácticos

Supongamos una base imponible anual de 30.000 €.

  1. Los primeros 12.450 € tributan al 19% → 2.365,5 €
  2. Los siguientes 7.750 € (12.450–20.200) al 24% → 1.860 €
  3. Los siguientes 9.800 € (20.200–30.000) al 30% → 2.940 €

Cuota total aproximada: 2.365,5 + 1.860 + 2.940 = 7.165,5 € → Tipo medio ≈ 23,9%.

Interpretación

Si recibes un bonus de 5.000 €, no tributa todo al tipo marginal: solo la parte que excede cada tramo se aplica al siguiente tipo. Sin embargo, en la nómina la empresa suele aplicar una retención provisional que puede ser conservadora.

Consejos para reducir tu retención

  • Actualiza el Modelo 145 si tu situación familiar cambia.
  • Planifica aportaciones a planes de pensiones dentro de límites legales.
  • Valora retribución flexible (seguro médico, transporte) cuando esté disponible.
  • Si tienes ingresos irregulares, comunica a Hacienda para ajustar retenciones.

Preguntas Frecuentes

¿Los tramos de IRPF son iguales en toda España?

Respuesta: No. El IRPF se compone de dos partes:

  • Parte estatal (50%): Igual para todos los contribuyentes, con los tramos que hemos visto (19%, 24%, 30%, 37%, 45%, 47%).
  • Parte autonómica (50%): Cada comunidad autónoma puede establecer sus propios tramos y tipos. Por ejemplo, Madrid tiene tipos ligeramente diferentes a Cataluña o Andalucía.

Ejemplo práctico: Una persona con 40.000 € de base imponible puede pagar ligeramente diferente IRPF en Madrid que en Cataluña por la diferencia en la parte autonómica.

Importante: La retención en nómina ya tiene en cuenta tu comunidad autónoma de residencia.

¿Qué es el tipo marginal y el tipo medio?

Respuesta: Son dos conceptos clave para entender tu carga fiscal real:

Tipo marginal: Es el porcentaje que se aplica al último euro que ganas, es decir, tu tramo superior. Si ganas 35.000 € y estás en el tramo del 30%, tu tipo marginal es 30%.

Tipo medio: Es la cuota total de IRPF dividida entre tu base imponible total. Es el porcentaje efectivo que realmente pagas sobre el total de tus ingresos.

Ejemplo:

  • Base imponible: 35.000 €
  • Cuota total IRPF: ≈ 7.665 €
  • Tipo marginal: 30% (último tramo)
  • Tipo medio: 7.665 / 35.000 = 21,9%

Utilidad: El tipo marginal te dice cuánto pagarás por ingresos adicionales (bonus, horas extra). El tipo medio te dice tu carga fiscal real total.

Si gano 30.000 € y estoy en el tramo del 30%, ¿pago el 30% sobre todo?

Respuesta: No, es el error más común. El IRPF es progresivo, por lo que solo pagas el 30% sobre la parte que supera 20.200 €.

Cálculo correcto para 30.000 € de base:

  1. Primeros 12.450 € → tributan al 19% = 2.365,50 €
  2. Siguientes 7.750 € (hasta 20.200) → tributan al 24% = 1.860 €
  3. Últimos 9.800 € (hasta 30.000) → tributan al 30% = 2.940 €
  4. Total IRPF: 7.165,50 € (tipo medio = 23,9%)

Cálculo incorrecto (error común):

30.000 € × 30% = 9.000 € → ESTO ESTÁ MAL

Diferencia: Pagando correctamente (7.165 €) ahorras 1.834 € respecto al cálculo erróneo. Por eso es importante entender la progresividad.

¿Cómo afecta mi situación familiar a los tramos?

Respuesta: Los tramos de IRPF no cambian, pero tu situación familiar reduce la base imponible sobre la que se aplican mediante mínimos personales y familiares.

Mínimos aplicables (2025, valores orientativos):

  • Mínimo personal: 5.550 € (para todos)
  • Por descendiente (1º hijo): 2.400 €
  • Por descendiente (2º hijo): 2.700 €
  • Por descendiente (hijo < 3 años): +2.800 € adicionales
  • Por ascendiente (>65 años a cargo): 1.150 €
  • Por discapacidad (33-65%): 3.000 € adicionales

Ejemplo práctico:

Salario bruto: 40.000 €. Persona soltera sin hijos vs. con 1 hijo menor de 3 años:

  • Sin hijos: Base ≈ 33.000 € → IRPF ≈ 7.000 €
  • Con 1 hijo <3 años: Base ≈ 28.000 € (reducida por mínimos) → IRPF ≈ 5.800 €
  • Ahorro anual: ≈ 1.200 € (100 €/mes menos de retención)

Importante: Comunica estos cambios mediante el modelo 145 a tu empresa para que ajusten la retención mensual.

¿Puedo cambiar de tramo durante el año?

Respuesta: Sí, puedes situarte temporalmente en un tramo superior en ciertos meses si tienes ingresos variables.

Situaciones habituales:

  • Pagas extraordinarias no prorrateadas: En junio y diciembre, al cobrar paga extra, tu retención ese mes será mayor
  • Bonus o comisiones: Si un mes recibes un bonus grande, la retención será más alta porque la empresa anticipa que ese mes estás en un tramo superior
  • Horas extraordinarias: Incrementan la base de ese mes, pudiendo subir temporalmente de tramo
  • Cambio de empleo/subida: Si cambias a un empleo mejor pagado a mitad de año, el nuevo empleador calculará retención sobre el salario anual estimado

Ejemplo:

Salario habitual: 2.500 €/mes (retención 15%). Un mes recibes bonus de 3.000 €:

  • Base ese mes: 5.500 €
  • Retención ese mes: puede subir al 25-30% porque la empresa anticipa ingresos anuales más altos
  • Retención sobre bonus: ≈ 35-40% (tipo marginal)

Tranquilo: En la declaración anual de la renta se regulariza todo. Si te retuvieron de más, Hacienda te devuelve la diferencia.

¿Los tramos del IRPF cambian cada año?

Respuesta: Pueden cambiar, pero no lo hacen todos los años. Depende de la aprobación de reformas fiscales.

Cuándo cambian:

  • Reforma fiscal: Si el Gobierno aprueba una modificación en los Presupuestos Generales del Estado o mediante ley específica
  • Actualización por inflación: Algunos años se actualizan los tramos para compensar la subida de precios
  • Cambios autonómicos: Las comunidades autónomas pueden modificar su parte (50%) cada año

Historial reciente:

  • 2023-2024: Tramos sin cambios significativos en parte estatal
  • 2022: Pequeño ajuste en algunos umbrales
  • 2021: Creación del tramo del 47% para rentas >300.000 €

Consejo: Consulta siempre las tablas oficiales vigentes en la web de la Agencia Tributaria cada año, especialmente si estás en tramos medios-altos donde pequeños cambios pueden tener impacto.

¿Qué ingresos se incluyen en la base para aplicar los tramos?

Respuesta: Casi todos tus ingresos anuales se suman para formar la base imponible sobre la que se aplican los tramos.

Rendimientos del trabajo (los más habituales):

  • Salario base mensual
  • Pagas extraordinarias
  • Bonus, comisiones e incentivos
  • Horas extraordinarias
  • Indemnizaciones (salvo excepciones por despido)
  • Prestaciones por desempleo

Otros rendimientos que se integran:

  • Rendimientos del capital mobiliario: Intereses de cuentas, dividendos de acciones (con retención del 19-26%)
  • Rendimientos del capital inmobiliario: Alquileres que percibes (menos gastos deducibles)
  • Ganancias patrimoniales: Venta de acciones, inmuebles, etc. (tributación especial)
  • Rendimientos de actividades económicas: Si eres autónomo, tus beneficios netos

NO se incluyen (exentos o con tributación aparte):

  • Tickets restaurante dentro de límites (11 €/día electrónico)
  • Transporte público hasta 1.500 €/año
  • Seguro médico hasta 500 €/año (1.500 € con familia)
  • Indemnización por despido improcedente hasta ciertos límites
  • Prestaciones de maternidad/paternidad
  • Becas públicas para estudios

Importante: La base imponible final es la suma de todos estos ingresos menos las reducciones por gastos (SS), mínimos personales y familiares, y deducciones aplicables. Sobre esa base final se aplican los tramos progresivos.

Fuentes y referencias

Consulta siempre las tablas oficiales para el cálculo exacto y las normas autonómicas aplicables.